Los miembros de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo fueron quienes firmaron la resolución que declaró la nulidad de las elecciones en la seccional Campana de la UOM y la consiguiente intervención del sindicato a nivel nacional, desplazando a su combativo secretario general, Abel Furlán. A través de un fallo con un gran impacto político, los magistrados de alzada dispusieron la intervención judicial del histórico gremio metalúrgico por un plazo de 180 días.
Detrás de esta resolución, calificada por la conducción metalúrgica como un “atropello arbitrario y antidemocrático” para disciplinar las paritarias del sector, emerge con fuerza la figura del juez Víctor Arturo Pesino.
Con más de 50 años de experiencia en el fuero laboral, al que ingresó como meritorio en 1971, se graduó en la Universidad de Buenos Aires durante la dictadura, en 1979, y asumió como juez en 1989. De acuerdo a los antecedentes en el Poder Judicial, Pesino fue ascendió a camarista del fuero laboral en 2011, y en esos tribunales reunió “mala fama” entre abogados laboralistas y litigantes, al asociarlo a una marcada sintonía con las necesidades del poder político de turno.
El antecedente de la CGT
No es la primera vez en el año que Pesino se ubica en el centro de las denuncias de las entidades sindicales. El magistrado ya había cosechado un enérgico repudio por parte de la Confederación General del Trabajo (CGT) en el marco de la pulseada judicial por la reforma laboral de Javier Milei.
En un fallo conjunto con su colega de sala, María Dora González, Pesino firmó la suspensión de la medida cautelar que mantenía frenados 82 artículos de la ley que el Gobierno nacional llamó de “Modernización Laboral”, y que en los hechos supone un retroceso en materia de derechos laborales.
El mecanismo utilizado por Pesino fue duramente cuestionado por abogados laboralistas, quienes señalaron que el tribunal no revocó ni analizó el fondo de la inconstitucionalidad dictada en primera instancia por el juez Raúl Ojeda, sino que aplicó una “solución exprés” al otorgar un inusual efecto suspensivo a la apelación del Estado nacional.
Al hacerlo, restableció de inmediato la plena vigencia de una reforma que facilita los despidos, reduce los montos indemnizatorios y restringe de manera drástica el ejercicio del derecho de huelga. En aquella oportunidad, para fundamentar el fallo, Pesino y González argumentaron que quienes trabajan en relación de dependencia no constituyen un grupo “socialmente vulnerable” ni sus ingresos revisten una naturaleza alimentaria.
Una ayudita de la Casa Rosada
La celeridad de Pesino para complacer al Gobierno tuvo una correlación inmediata en los despachos del Poder Ejecutivo, configurando lo que la oposición y los gremios denunciaron como un escandaloso “intercambio obsceno” de beneficios mutuos.
Víctor Pesino festejará sus 75 años de edad el próximo 27 de julio, alcanzando el límite constitucional estricto para el ejercicio de la magistratura. Para permanecer cinco años más en funciones, la Carta Magna le exige una propuesta formal del Presidente de la Nación y el posterior pliego aprobado en el Senado.
La velocidad de la respuesta oficial dinamitó para muchos las formas de la ética republicana: menos de 24 horas después de haber firmado el fallo que destrabó la reforma laboral de Milei, el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, activó y publicó en el Boletín Oficial el inicio del trámite fornmal para concederle la prórroga y otargarle su permanencia en la Cámara Nacional del Trabajo.
Este trámite exprés de Mahiques para beneficiar a Pesino desnudó además una profunda contradicción política. Apenas unos meses antes, a principios de 2026, el propio Estado Nacional había firmado un Acuerdo de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprometiéndose expresamente a congelar y no promover nuevas designaciones ni prórrogas de magistrados nacionales para forzar el traspaso del fuero a la órbita porteña.
Sin embargo, la Casa Rosada hizo una flagrante excepción a su propia regla de ajuste para premiar el “gesto” del camarista.
Con información de Mundo Gremial.

