Pasteleros cerró la paritaria con un incremento salarial escalonado hasta enero

El Sindicato Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Pizzeros, Heladeros y Alfajoreros (STPSRCHPyA), que conduce Luis Hlebowicz, cerró la paritaria de la Rama Pastelería, con un aumento escalonado mensual hasta enero de 2026 y el pago de sumas no remunerativas.

El Sindicato Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Pizzeros, Heladeros y Alfajoreros (STPSRCHPyA), liderado por Luis Hlebowicz, anunció la firma de un nuevo acuerdo paritario para la rama Pastelería que garantiza un aumento escalonado de sueldos entre septiembre de 2025 y enero de 2026.

Luis Hlebowicz
Luis Hlebowicz. Titular del STPSRCHPyA

El entendimiento se alcanzó con diversas cámaras empresariales del sector, incluyendo la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés, la Cámara de Confiterías, la Asociación de Panaderos de Capital Federal y la Federación Industrial Panaderil de la Provincia de Buenos Aires.

Detalle de los aumentos mes a mes

El acuerdo combina subas al salario básico con el pago de asignaciones no remunerativas durante los primeros cuatro meses, culminando con un aumento total al básico en enero:

  • Septiembre 2025: Se aplicó un 1,2% de aumento al básico, complementado con un 0,8% como asignación no remunerativa.
  • Octubre 2025: El incremento al básico será del 2,31%, más una asignación no remunerativa del 1,20%.
  • Noviembre 2025: Se suma un 3,34% al básico y un 1,71% como asignación no remunerativa.
  • Diciembre 2025: El sueldo básico tendrá una suba del 4,37%, junto a un componente no remunerativo del 2,22%.
  • Enero 2026: El acuerdo establece la incorporación de un aumento del 6,59% al salario básico para todas las categorías.

Sumas no remunerativas

Un punto clave del acuerdo es la naturaleza de las sumas no remunerativas pactadas. Si bien se liquidan bajo esta figura durante el periodo correspondiente, el gremio detalló que estas asignaciones computarán para el cálculo de importantes conceptos laborales.

Las sumas no remunerativas deberán realizar los aportes y contribuciones de Obra Social, así como los aportes convencionales a la mutual y el sindicato. Además, serán consideradas para el cálculo de:

  • Vacaciones
  • Horas extraordinarias
  • Sueldo Anual Complementario (Aguinaldo)
  • Premios y conceptos convencionales que se calculan sobre el salario básico (como antigüedad).

De esta manera, el Sindicato de Pasteleros asegura que estos componentes, aunque inicialmente no remunerativos, tengan una incidencia favorable en los principales beneficios y liquidaciones de los trabajadores del sector.

FUENTE: Mundo Gremial