Además explicaron que la sentencia ordenó medidas concretas para restablecer condiciones que equilibren entre quienes cumplen con las normas vigentes (taxis y remises) y quienes lo incumplen (las apps).
La Cámara sostuvo también que las plataformas no son una simple intermediación tecnológica, como argumentaban las empresas, sino una modalidad de transporte de pasajeros que se desarrolla en el ámbito local, con viajes locales, usuarios locales, conductores y vehículos que circulan por la vía pública local. Esto es muy importante porque encuadra la actividad dentro de las competencias propias de la Ciudad en materia de tránsito, transporte, control, fiscalización, seguridad vial y protección de los usuarios, por lo tanto compete al GCBA tales facultades, sostuvieron desde el gremio.
Y agregan: El fallo considera también que el GCBA exigió a taxis y remises, licencias, seguros, habilitaciones aranceles y controles, mientras que toleró el incumplimiento de tales requisitos a las plataformas de transporte de pasajeros.
La sentencia ordena medidas concretas como en el plano tributario, que el GCBA actúe, investigue y determine si las plataformas de transporte de pasajeros, según la actividad que desarrollan en la Ciudad deban tributar Ingresos Brutos y otras obligaciones fiscales y en tal caso que persigan el cobro; y por último el GCBA deberá implementar campañas que informen al público los riesgos que implican el uso de las mismas con choferes no habilitados y vehículos sin seguros de pasajeros, concluyeron.
Se trata de un fallo que puede marcar un punto de quiebre en el transporte de pasajeros porteño y generar un precedente para otras jurisdicciones del país en las que se replica la misma problemática con idénticos actores.

