Los empleados de comercio de los Call Centers recibirán un incremento del 5,7% y una suma de $50.000

Así lo establece un acuerdo firmado entre FAECYS y CACC para el periodo comprendido por los meses de octubre, noviembre y diciembre.

La Federación Argentina de Empleados de Comercios y Servicios (FAECYS) y la Cámara Argentina de Centros de Contacto (CACC) rubricaron un nuevo acuerdo salarial para el personal que se desempeña como Call Center, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo 781/20.

Se trata de un incremento del 5,7% en tres tramos de 1,9%, no acumulativo dentro del periodo de octubre a diciembre de este año.
En el entendimiento quedó establecido que se toma el básico de mes de septiembre más las sumas no remunerativas correspondientes a ese mes, conforme a la escalas pactadas en el acuerdo.

Asimismo, establece una suma no remunerativa por única vez de $50.000, que se liquida en dos tramos de $25.000 cada uno.

En el convenio, ambas partes pactaron en el acta que “para el caso de los trabajadores que laboren tareas discontinuas o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida legal o convencional, o que hayan incurrido en ausencias injustificadas, el monto a abonar por este incremento será proporcional a la jornada  cumplida”. “La suma deberá abonarse bajo concepto Suma no remunerativa única-revisión octubre 2026”, expresó el documento.

Acordaron reunirse en enero

Finalmente, tanto el gremio conducido por Armando Cavalieri como la patronal se comprometieron en “reunirse en el mes de enero de 2027, a iniciativa de cualquiera de ellas, a fin de analizar las escalas básicas convencionales, sumas, porcentajes, atento a las variaciones económicas que podrían haber afectado a dichas escalas, pactadas en este acuerdo y desde la vigencia del mismo”.

Asimismo, aprobaron que el incremento se puede absorber o compensar, hasta el importe que corresponda, los pagos que el empleador haya otorgado unilateralmente desde el 1° de julio de 2026 y que se hayan abonado a cuenta del aumento de este acuerdo. Sin embargo, las gratificaciones de fin de año, Navidad o fiestas no pueden utilizarse para compensarlo.

¿Cómo quedaron las escalas salariales?

Categoría: Operación A – Jornadas de 30 horas semanales

Categoría 3: Operación A – Jornadas de 28 horas semanales

Categoría 3: Operación A – Jornadas de 32 horas semanales

Categoría 3: Operación A – Jornadas de 33 horas semanales

Categoría 3: Operación A – Jornadas de 35 horas semanales

Categoría 3: Operación A – Jornadas de 36 horas semanales

Categoría 2: Administrativo – Jornadas de 48 horas semanales

FUENTE: Data Gremial