La resolución fue firmada por el juez Martín Cormick, quien consideró que la reforma incluida en el artículo 81 de la Ley 27.743, sancionada en julio de 2024, «perjudica directamente» a los empleados del sector. El magistrado argumentó que al incorporar al impuesto conceptos que antes estaban exentos —como viáticos, horas extras y bonificaciones— se afecta el salario y los convenios colectivos vigentes.
“El salario no es ganancia, sino una justa retribución por la labor y el tiempo de quien trabaja”, afirmó el secretario general del gremio, Jorge Sola, al celebrar el fallo. Y remarcó que se trata de “un triunfo legal y el reconocimiento de una convicción”.
La medida cautelar tendrá vigencia hasta que se dicte sentencia definitiva o por un plazo máximo de tres meses. Mientras tanto, el Estado Nacional tiene cinco días para presentar un informe sobre el caso, y el gremio deberá prestar caución juratoria.
En el fallo, el juez Cormick rechazó el argumento del Estado sobre la afectación al interés público por la pérdida de recaudación. «El mayor resguardo al interés público es el respeto a la Constitución», sostuvo. Y justificó la urgencia de la medida en que el salario es un “derecho alimentario”, fundamental para garantizar vivienda, alimentación, salud y otros aspectos esenciales para el trabajador y su familia.
“El Tribunal le contesta al Estado que el justificativo no puede prosperar, máxime cuando está verificado el perjuicio que generaría a los asalariados no conceder la medida solicitada”, explicó Sola.
Desde el sindicato celebraron el fallo como “un paso fundamental en la defensa de los derechos de los trabajadores”, reafirmando que “las retribuciones por el trabajo no deben ser gravadas como ganancias”.

