El Gobierno nacional reglamentó puntos de la Reforma Laboral y puso en marcha cambios que impactan directamente sobre quienes trabajan a través de plataformas digitales como Uber, Cabify, PedidosYa, Rappi y DiDi. Mediante decretos publicados en el Boletín Oficial, se activaron los alcances de la Ley 27.802, que establece un régimen diferenciado para choferes y repartidores, quienes pasan a ser considerados trabajadores independientes y quedan fuera de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
En ese marco, los trabajadores de plataformas digitales pasan a estar bajo la órbita regulatoria de la Secretaría de Transporte, dejando de depender de las normas laborales tradicionales aplicadas por el Ministerio de Capital Humano.
Con la reglamentación de la reforma laboral, establece un régimen específico para los trabajadores de plataformas digitales. La nueva normativa los considera independientes, fija nuevas obligaciones para las empresas y redefine el marco regulatorio de la actividad. En la práctica, el sector queda encuadrado dentro del ámbito logístico y de transporte, con reglas específicas para el funcionamiento de las aplicaciones y para la prestación de servicios de reparto y traslado de pasajeros.
La nueva normativa reconoce la independencia de los trabajadores y les permite operar para varias plataformas al mismo tiempo, elegir libremente sus horarios de conexión y rechazar servicios sin que ello implique una relación de dependencia con las empresas.
Al mismo tiempo, establece una serie de obligaciones para las aplicaciones del sector. Entre ellas, la contratación de seguros para repartidores y conductores, la acreditación íntegra de las propinas recibidas, la implementación de capacitaciones en seguridad vial y una mayor transparencia sobre el funcionamiento de los algoritmos que asignan viajes y pedidos.
La reglamentación busca dar un marco legal específico a una actividad que durante años estuvo envuelta en discusiones judiciales y laborales sobre la naturaleza del vínculo entre las plataformas y quienes prestan servicios a través de ellas.
Uno de los principales cambios es que los trabajadores ya no estarán alcanzados por las garantías y beneficios previstos en la Ley de Contrato de Trabajo, como indemnizaciones, vacaciones pagas o licencias propias de una relación laboral tradicional.
Sin embargo, la reforma contempla la posibilidad de que los trabajadores de plataformas avancen hacia convenios colectivos específicos si logran obtener representación gremial y personería jurídica. Esto podría abrir la puerta a acuerdos particulares adaptados a las características de cada actividad y empresa.
Según estimaciones difundidas por organizaciones vinculadas al sector, cerca de un millón de personas en Argentina generan ingresos a través de plataformas digitales.
De ese total, aproximadamente un 30% se desempeña en servicios de reparto y delivery, mientras que el resto trabaja en aplicaciones de transporte de pasajeros como Uber, Cabify y DiDi.
El crecimiento de estas plataformas también responde a la necesidad de ingresos complementarios. Cada vez más trabajadores registrados recurren a estas aplicaciones como una actividad adicional para reforzar su economía familiar, mientras que una menor proporción desarrolla la actividad de manera exclusiva.
Especialistas del sector señalan que, pese a la expansión de estas modalidades laborales, la generación de ingresos significativos suele requerir una elevada cantidad de horas de trabajo, especialmente para quienes dependen exclusivamente de las plataformas como principal fuente de sustento.
Ley 27.802 by Conclusión Diario Digital

